jueves, 18 de junio de 2009

TAREA 11

Sra Patricia Stanley
Cámara de Senadores
E. S. D.


Nos dirigimos a usted con todo el respeto que se merece, los alumnos del quinto semestre turno noche de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción con el fin de solicitarle que nos tenga en cuenta para los próximos debates y encuentros realizados sobre temas informáticos, ya que para nosotros es de suma importancia abarcar estos temas pues en este semestre contamos con la cátedra de derecho informático, y como usted sabrá en nuestro país se hace dificultosa la tarea de encontrar información en el marco legal ya que no contamos con una legislación y por ende el campo de Derecho Informático se ve con todo tipo de trabas para su mejor estudio.

Nosotros como estudiantes de derecho quisiéramos profundizar en el tema y los debates nos serán de suma utilidad para ir abriendo caminos a esta rama del derecho que ha tomado notoriedad gracias a los grandes avances tecnológicos .

Esperamos contar con su apoyo .

Nos despedimos atentamente los alumnos del quinto semestre.

TAREA 5

SELECCIONE UN DELITO INFORMATICO Y REALIZE UN ARBOL DEL PROBLEMA

PRODUCCION ILEGAL DE SOFTWARE LEGAL

CAUSAS
Ø La inconciencia por parte de los falsificadores.
Ø El costo elevado de la tasa de impuestos .
Ø Aumento del patrimonio por parte de los falsificadores.

EFECTOS
Ø Engaño a la clientela.
Ø Comercialización de un producto
defectuoso sin ninguna garantía.

POSIBLE SOLUCION
Ø Que el Estado cree políticas parecidas a los demás países y además facilite tasas accesibles de impuestos y dé castigos ejemplares a los falsificadores para así cesar la producción ilegitima de software.

TAREA 9

VIDEO 2: DELITOS INFORMATICOS EN VENEZUELA

Luego de haber visto este video , llegamos a la conclusión que los delitos mas cometidos son : el envio de virus por medio de propagandas como “ganaste tal cosa por ser el visitante 999.999·” o “ayuda a un niño enfermo haz clic aquí”, o Bill Gytes te ha solicitado en el msn , o te envía un correo. En Venezuela se promulgo en el año 2001 una ley que combate los delitos informáticos, consiste en un ordenamiento jurídico con reconocimiento a nivel mundial, esto permite rastrear y controlar los lugares donde se produjo el delito a través de Internet y establecen sanciones tales como la pena pecuniaria y carcelarias que van de 1 a 8 años de acuerdo a la gravedad.

VIDEO 10: INFORMACION CONFIDENCIAL A TRAVES DEL ENGAÑO

Presionan a una empleada diciéndole que es una irresponsable y que le va a comunicar al gerente de la empresa que es culpa de ella la demora del trabajo, ella por temor a perder el empleo facilita la información.

TAREA 10

EJEMPLOS
El video se trata de los delitos informáticos en Chile, en el que podemos observar el “hoax”, y también el “phishing”.

HECHO JURIDICO

En Chile existe una Ley de Protección de datos privados, para salvaguardar los derechos de las personas y evitar que otras personas caigan en el mismo error, y consiguientemente, hay sanciones como la pena privativa de libertad para los delitos de fraudes y estafas informáticas.


DELITO

El engaño y la Estafa que se pueden observar en el video son utilizados con fines delictivos.


DELITO INFORMATICOS

Un “Hoax” o bulo es una noticia falsa, es un intento de hacer creer a un grupo de personas que algo falso es real. El término se popularizó principalmente al referirse a engaños masivos por medios electrónicos especialmente en Internet


CONCEPTO
Actualmente no tenemos un Código propio que legisle sobre materia de derecho informático

HECHO JURIDICO

En nuestro país no existe expresamente, pero se aplican normas del Código Penal, para los causes de fraudes, clonación de tarjetas.


DELITO
En el Código Penal se configuran los delitos de Fraudes, estafas, etc. En los artículos 174 de la Alteración de datos, 175 del sabotaje de computadoras.

DELITO INFORMATICOS

Los Delitos Informáticos se encuentran legislados tácitamente:
- Código Penal Paraguayo – Ley 1160/97
- Ley de Derecho del Autor y Derechos Conexos (Arts. 167 – 170)
- Ley Nº 2861/2006

TAREA 4

¿CONSTITUYEN EL DERECHO INFORMÁTICO Y LA INFORMÁTICA JURÍDICA VERDADERAS
CIENCIAS?

Para contestar esta pregunta es necesario hacer un análisis de los conceptos: Ciencia, Informática jurídica y Derecho Informático

¿QUÉ ES LA INFORMÁTICA JURÍDICA?
Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho.
En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la informática en el derecho.

¿QUÉ ES EL DERECHO INFORMÁTICO O DERECHO DE LA INFORMÁTICA?
El derecho informático es la otra cara de la moneda. En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática.
Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.
Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente.
Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país.
Al penetrar en el campo del derecho informático, se obtiene que también constituye una ciencia, que estudia la regulación normativa de la informática y su aplicación en todos los campos.
Pero, cuando se dice derecho informático, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurídica autónoma ; así como el derecho es una ciencia general integrada por ciencias específicas que resultan de las ramas jurídicas autónomas, tal es el caso de la civil, penal y contencioso administrativa.
La Informática Jurídica y el Derecho informático tienen sus propios principios.

¿ES EL DERECHO INFORMÁTICO UNA RAMA DEL DERECHO?
Al respecto, según encuentros sobre informática realizadas en Facultades de Derecho en España a partir de 1.987, organizados por ICADE, siempre surgían problemas a la hora de catalogar al Derecho Informático como rama jurídica autónoma del derecho o simplemente si el derecho informático debe diluirse entre las distintas ramas del derecho, asumiendo cada una de estas la parte que le correspondiese.
Por exigencias científicas, por cuanto un conjunto de conocimientos específicos conllevan a su organización u ordenación, o por razones prácticas que llevan a la separación del trabajo en vías de su organización, se encuentra una serie de material de normas legales, doctrina, jurisprudencia, que han sido catalogadas y ubicadas en diversos sectores o ramas. Dicha ordenación u organización del derecho en diversas ramas, tiene en su formación la influencia del carácter de las relaciones sociales o del
contenido de las normas, entonces se van formando y delimitando en sectores o ramas, como la del derecho civil, penal, constitucional, contencioso administrativo..., sin poderse establecer límites entre una rama jurídica y otra por cuanto, existe una zona común a todas ellas, que integran a esos campos limítrofes. De manera que esta agrupación u ordenación en sectores o ramas da origen a determinadas Ciencias Jurídicas, que se encargan de estudiar a ese particular sector que les compete.
Para analizar esta situación, es necesario mencionar las bases que sustentan a una rama jurídica autónoma, y al respecto se encuentran:
· Una legislación especificada (campo normativo).
· Estudio particularizado de la materia (campo docente).
· Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico).
· Instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho (campo institucional).
Ahora bien, ¿qué sucede con el derecho informático?
Generalmente el nacimiento de una rama jurídica surge a consecuencia de cambios sociales reflejados en las soluciones normativas al transcurso de los años. Pero resulta que, en el caso de la informática no hubo ese transcurrir del tiempo en los cambios sociales, sino que el cambio fue brusco y en poco tiempo, se lograron de esta manera sociedades altamente informatizadas, que sin la ayuda actual de la informática colapsarían.
No obstante, a pesar de esta situación existen países desarrollados como España en los que sí se puede hablar de una verdadera autonomía en el derecho informático, haciendo la salvedad de que esta ciencia como rama jurídica apenas nace y se está desarrollando, pero se está desarrollando como una rama jurídica autónoma.
En el caso de Venezuela, son muy pocos los sustentos que encontramos para el estudio de esta materia, tal vez su aplicación se limita fundamentalmente a la aparición de libros con normativas (doctrina), y comentarios de derecho informático.
Pero tal vez, sea más fácil para los abogados buscar esta normativa en las otras ramas del derecho, por ejemplo; acudirían al Código Civil para ver lo relativo a las personas (protección de datos, derecho a la intimidad, responsabilidad civil, entre otras).
Resulta, sin embargo, que esta situación no se acopla con la realidad informática del mundo, ya que existen otras figuras como los contratos electrónicos y documentos electrónicos, que llaman a instituciones que pertenezcan a una rama autónoma del derecho.
En este orden de ideas, es menester entonces concluir que en el derecho informático si existe legislación específica, que protege al campo informático. Tal vez no con tanta trayectoria y evolución como la legislación que comprenden otras ramas del derecho, pero si existe en el derecho informático, legislación basada en leyes, tratados y convenios internacionales, además de los distintos proyectos que se llevan a cabo en los entes legislativos de nuestras naciones, con la finalidad del control y aplicación lícita de los instrumentos informáticos.
Con respecto a las instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho (campo institucional), se encuentra el contrato informático, el documento electrónico, el comercio electrónico, entre otras, que llevan a la necesidad de un estudio particularizado de la materia ( campo docente), dando como resultado las Investigaciones, doctrinas que traten la materia (campo científico).
En efecto, se pueden conseguir actualmente grandes cantidades de investigaciones, artículos, libros, e inclusive jurisprudencia que esté enmarcada en la interrelación entre el derecho y la informática, como se ha constatado en los Congresos Iberoamericanos de Derecho e Informática.

CONCLUSIONES

Por lo tanto, no hay excusa, ni siquiera en un país donde el grado de informatización sea bajo para que se obvie la posibilidad de hablar del derecho informático como rama jurídica autónoma del derecho, si bien se puede llegar a ella, no sólo por
la integración de las normas jurídicas, sino también por la hetero-aplicación, cuando en un sistema jurídico existan vacíos legales al respecto, porque es de tomar en cuenta que ante el aumento de las ciencias de dogmática-jurídicas, el Derecho es un todo unitario, puesto que las normas jurídicas están estrechamente vinculadas entre sí ya sea por relaciones de coordinación o de subordinación, con lo que se concluye que para la solución de una controversia con relevancia jurídica, se puede a través de la experiencia jurídica buscar su solución en la integración de normas constitucionales, administrativas, financieras, entre otros o llegar a la normativa impuesta por convenios o tratados internacionales que nos subordinan a la presión supranacional.

SI SE INTERRELACIONAN ENTRE SI, PUESTO QUE DEPENDEN UNAS DE OTRAS.

TAREA 3

EN GRUPOS DE TRABAJO RESPONDA LOS SIGUIENTES PUNTOS,

A) ¿Qué cuerpos legales (códigos) corresponde revisar ampliamente a partir de esta liberalización?

Corresponde revisar la ley 642/95 de Telecomunicaciones

b) ¿La Reglamentación en Telecomunicación se encuentra en qué Cuerpo Legal?

Si, se encuentra establecida la ley 642/95 de Telecomunicaciones y se complementa con el Decreto 14.135/96, “Por el cual se Aprueban las Normas Reglamentarías de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones”.

c) ¿Por que el servicio VOIP, usted supone que no se liberalizó?

Porque se encuentran intereses creados, en donde existe una gran cantidad de dinero en juego, que a Copaco no le convendría perder, al liberar la red . Implicaría pérdidas extremadamente importantes al sector de las telecomunicaciones estatales.

d) ¿Cuál es la situación de la normativa a nivel internacional sobre casos parecidos al presentado en esta tarea? Favor Investigue en nuestro propio blog.

La red se encuentra liberada en todo el mundo ,es decir que en estos países el Estado que la distribución de la red no se encuentra a cargo de los Estados correspondientes, muy al contrario de lo que se observa en nuestro pais que por medio de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones

e) Investigue los criterios socio-politológicos y jurídicos del sector que ha defendido la estatización del recurso estratégico.

La empresa que ha defendido con mayor arraigo la estatización de recursos estratégicos ha sido Copaco (Compañía Paraguaya de Comunicaciones) porque desde el momento en que INTERNET se libere, las empresas comenzaran a hacer una puja de precios y esto acarreara perdidas al Estado porque este no sera mas el regulador directo.

Trabajo Practico

1 Identificación:

Establecer relacion y los distintos ambitos de aplicacion del derecho informatico con el Derecho seleccionado.

2 Selección

Derecho Penal

3 Comparación , buscar punto de convergencia de relacionamiento.

La Informatica y el derecho estan intimamente ligadas es por ello que el derecho informatico tambien guarda realacion con el derecho Penal , pues en el D.I. existen delitos que a mas dia logran notoriedad con los avences tecnologicos , lastimosamente nuestro pais a diferencia de los demas paises , no cuenta en su Codigo Penal de 1997 los delitos informaticos que actualmente nos agobian . El derecho Penal se relaciona directamente con el D.I. pues este es el encargado de tipificar las conductas y asi saber que hecho punible se esta cometiendo y asi sancionarlas de acuerdo a la gravedad en penas o medidas. el derecho informatico actua facilitando los datos ,las conductas tipicas del delito que se ha cometido.Seria bueno que nuestro pais actualize el Codigo Penal , conste que se ha hecho en el año 2008 , con la ley 3440, pero lastimosamente no agrego no tipifico nuevos delitos informaticos existentes en la actualidad , lo que calificamos como un retroceso , y como sabemos el derecho se transforma, cambia constantemente de acuerdo a las necesidades de nuestra sociedad, asi como los tiempos, hace 20 años atras no podiamos hablar de delitos informaticos si en nuestro pais ni habia demanda de computadoras como en la actualidad y de internet mucho menos, los tiempos cambian, por ende las necesidades también.

4 Poblematización


PROBLEMA CAUSA
La aplicación del Carencia de un nuevo cuerpo
Derecho penal al caso jurídico o la modificación
concreto pues no tiene del código penal actual
estrictamente tipificado
los delitos informáticos




Derecho Informático
Derecho Penal





SOLUCION
La existencia de un nuevo cuerpo legal o actualizado,
capacitación a los jueces a nivel internacional para su
mejor interpretación.


5 Estudio del caso

La falta de un cuerpo legal que abarque todos los posibles delitos informáticos de una forma mas estricta, pues como sabemos el derecho penal debe ser interpretado en forma restricta , por ende la necesidad de tipificar los hechos anrtijuridicos , reprochables cometidos en la red , buscar a los culpables y darles el castigo que fuera necesario de acuerdo a su actuar.
Otra falencia existente , la poca información sobre este tipo de delitos por parte de los administradores de la justicia.

6 Soluciòn

Elaboración o actualizacion del Codigo penal con referencia al derecho Informatico; la correcta tipificación de las distintas conductas antijuridicas para su mejor interpretacion.
Capacitación de los auxiliares de la justicia en cuanto a este tipo de delitos, nacional e internacionalmente, la especialización en esta nueva rama del derecho como lo es el Derecho Informatico, abre mas caminos para nosotros los futuros abogados; a nivel internacional por que no.

7 Monitoreo y Control

A partir de la actualización o nuevo cuerpo legal , se destinarán también las formas para que los asistentes de la justicia hagan cumplir la ley y tengan la total capacidad de interpretarla.

ULTIMAS PREGUNTAS REALIZADAS EN LA CATEDRA

¿QUE IMPLICANCIA JURIDICA, SOCIOLOGICA y POLITICA HAN DE TENER LAS MODIFICACIONES EN EL SERVICIO DE PROVISION DE INTERNET SEGÚN ALS NUEVAS PAUTAS DE COPACO?

Personalmente creo que en lo sociológico, nos ayuda a conocer una cantidad mayor de personas, diversas sociedades, costumbre el cual hace de nosotros personas mas culta e informadas. En lo jurídico crea un nuevo desafío para elaborar nuevas leyes, a partir de esta resolución los juristas tienen una tarea abocada a tratar de manejar y regular de la mejor manera posible estas modificaciones al igual que en lo político que tiene relación también con lo jurídico.Esta modificación que Copaco ha hecho da nuevas posibilidades de crear nuevas modificaciones tanto en el ámbito jurídico, político, como sociológico.
QUE MODIFICACIONES EN LOS DIFERENTES AMBITOS DEL DERECHO RELACIONADOS CON EMISIONES TELEVISIVAS DEBERIAN DE SER PROPUESTAS A PARTIR DE LA TRANFORMACION EN LAS EMISIONES DE LA SEÑAL ANALOGICA A LA INTEGRAMENTE DIGITAL?

Personalmente creo que en el ámbito del Derecho relacionados con la emisión tienen que haber varias modificaciones, nuevas legislaciones para que pueda cubrir ese vacio de ley que hoy en día existe de gran ventana que deja abierta, esta nueva transformación,
Una de las modificaciones que se debería de hacer es ponerle mayor importancia a la Exclusividad de Programas, y Piratería marcaría, ya que con la transformación de Emisiones de Señal Análoga a la Integradamente Digital existe mayor posibilidad de Piratear Señales-La era de la televisión digital pronto llegará a ParaguayEl sistema de televisión digital hoy es una realidad y Paraguay deberá adaptarse a ese cambio, refirió ayer de tarde Daniel Uribe, jefe de Noticias de Megavisión, canal de aire chileno, durante una conferencia denominada “Los caminos de la TV frente al desafío de la era digital”, desarrollada en el aula magna de la Universidad Americana.Durante la conferencia, el importante comunicador chileno manifestó que la actual tendencia del cambio del sistema analógico de televisión de aire (que es la que utilizan nuestros canales locales de aire) al sistema digital, traerá importantes desafíos y cambios en los medios tradicionales de comunicación y nuestro país no estará exento a ello. Entre las ventajas del sistema de televisión digital, el profesional de la comunicación dijo que con este sistema el espectador podrá tener una mayor cantidad de canales y un repertorio más amplio de perspectivas de imágenes sobre un acontecimiento específico, como un concierto.

martes, 16 de junio de 2009

Televisión por Internet.



Nuevo objetivo de COPACO: Televisión por internet.


La
Compañía Paraguaya de Comunicaciones busca brindar paquetes de servicios de telecomunicaciones, combinando el insumo general (línea baja) el celular e internet.
Como sabemos a COPACO lo atañen hechos de corrupción desde hace años algunos descubiertos y otros no, la Compañía trata de encarar de la mejor manera estos cambios para codearse con los grandes de la industria donde los avances de la tecnología van escalando constantemente. La estrategia comercial de la compañía estatal, que corre con ventajas por las décadas de monopolio que ampararon su crecimiento, apunta a la convergencia tecnológica. En palabras más sencillas, a ofrecer combos de servicios, entre los que destaca la próxima niña bonita: la televisión por internet. Así explica su presidente, Arnulfo Recalde.–¿Cuáles son las próximas novedades de Copaco?–Todo depende de la celeridad con que podamos tramitar nuestros planes, pero la idea es hablar de un Triple Play, o sea poder dar voz, datos y Tv por internet (IPTv) y si es posible, dar internet por medios inalámbricos.–¿Cuándo estarían listas estas innovaciones?–Esperamos que pueda ser lo antes posible, no digo en el quinquenio porque espero que no sea de aquí a cinco años. Entonces tendríamos la línea básica con valor agregado como el envío de mensajes de texto a través de la línea básica, internet, IPTv, la telefonía celular, Copacel que es la telefonía fija inalámbrica.–¿Tiene la empresa las condiciones para ofrecer todos estos servicios?–Copaco es una empresa muy grande y tiene la infraestructura suficiente para realizar todo tipo de negocios. Hablamos hoy de convergencia, que consiste en dar el servicio a través de un mismo medio y converger también en el sentido en que el cliente quiere facturar todos los servicios en uno solo. A la línea básica, se agrega la comodidad de otros servicios como internet, el teléfono IP y en frente están los teléfonos celulares e inalámbricos, con lo cual el usuario ya no ve la necesidad de trasladarse para usar la línea que está en la otra esquina.–¿Se podría pensar que la línea básica dejará de ser el eje de negocios de Copaco?–Todo lo contrario. Es y seguirá siendo el eje principal en cuanto a la infraestructura porque es a través de la línea básica que se ofrecen los demás servicios. Un ejemplo es la conexión Dial Up (conexión a internet vía telefónica) a través de un módem. A la salida de este aparato se puede tener un teléfono IP a través de una computadora y también está la posibilidad de ofrecer televisión. Ese es el “Triple Play”, un negocio que la gente ansía tener. Copaco tiene la línea básica y a través del cobre puede ofrecer esos servicios. Esta infraestructura es lo que otras empresas quisieran tener.–…Pero me refiero al servicio de línea básica como tal...por eso, complementando. –Sobre la línea básica se van estos servicios, lo otro sí se sigue dando servicios porque hay gente en el campo que usa la telefonía básica, la mayoría de las empresas que la usan. Digo nomás que es un soporte para otro tipo de servicios por lo que hay que buscarle valores agregados a la línea básica que es lo que estamos haciendo aparte de apuntar a la tecnología.La imagen de Copaco está debilitada. –¿Cómo pretende mejorar esa percepción?–En primer lugar, quiero que sepas que existen radioemisoras cuyos programas tenían como eje los reclamos de los abonados hacía nuestros servicios. Hoy día, las emisoras nos llaman y se quejan porque ya no hay reclamos porque ahora los técnicos están cumpliendo con sus funciones. Tenemos una política de “falta cero”, que significa que frente a un margen muy grande de clientes el porcentaje de faltas es mínimo. Por ejemplo, sobre 240.000 líneas aparecen 300 líneas de falta y te da un porcentaje que no llega al 1%. En eso se basa mejorar la imagen y la gente está contenta, los usuarios ven que estamos cambiando. –¿Y en cuanto a los otros servicios?–El otro servicio que tenemos es internet y la señal que damos es limpia, purísima que mucha gente nos piden ese servicio. Y repito esto hasta el hartazgo que Copaco quiere cambiar, pero estamos atados a contrataciones.El que quiera puede comparar lo que es nuestra empresa frente a las empresas que son privadas, es difícil porque ellos tienen la libertad de disponer de su dinero para comprar la tecnología al instante y aún así nosotros con los brazos atados estamos con tecnología de punta. Nuestras centrales tienen tecnología de punta, pueden hacer todo tipo de servicios y estamos saliendo con un sueño anhelado que es la telefonía celular móvil.–Su próximo servicio de telefonía IP despierta nueva polémica. ¿Qué responde a los que ven un nuevo monopolio de Copaco?–Es muy fácil, Copaco tiene la concesión hecha por el Poder Ejecutivo y esa concesión es la regulación de un servicio, el servicio de voz. ¿Cómo podés llevar esa voz de un lugar a otro? Con las centrales telefónicas que tenés y las centrales de Copaco tienen la tecnología porque nuestras redes son de nueva generación NGN (Network Generation) que nos permite transmitir internet a través de esas infraestructuras. Entonces sobre eso la señal llega hasta el cobre y esta es una tecnología y de vuelta se impone el hecho de que la Voz sobre IP es una tecnología. La tecnología no se regula.